Contribución del Caso Lopez Lone y otros vs el Estado de Honduras, a la independencia judicial, la democracia y los derechos de los jueces y las juezas

Fecha del panel: 30 de noviembre de 2018

Expositores

  •  Kirsty Brimelow, Jurista Ingles, integrante del Comité de Derechos –Humanos de la Barra de Abogados del Reino Unido.
  • Joaquín Mejía, Doctor en Derechos Humanos, integrante del Equipo de Reflexión Investigación y Comunicación (ERIC)
  • Marcia Aguiluz, Litigante del Caso Lopez Lone, Directora de CEJIL.

Kirsty Brimelow-(Reino Unido) 

Resumen de las exposiciones 
Krirsty Brimelow-(Reino Unido) ¿Por qué esimportante centrarse en el funcionamiento de un sistema de justicia?

La verdadera democracia liberal depende de un sistema de justicia independiente. No puede ser el juguete del gobierno.

El Caso López Lone y otros, Luis Chevez, Ramón Barrios y Tirza Flores Lanza lo conocí luego de reuniones con los jueces. Yo no conocía Honduras.

Hubo un veredicto de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) que Honduras había violado los derechos humanos de los jueces y dictó sentencia, declarando culpable al Estado de Honduras, se violentó el derecho de los jueces a permanecer en el cargo, violación al principio de legalidad. El Tribunal consideró su fallo como una forma de reparación y ordenó reincorporarlos en posiciones similares o en caso no de ser posible, el tribunal ordenó pago de  cantidad  ordenada en la sentencia, determinaron que supervisarían al pleno.

Honduras ofrecía dinero e insistía que la reincorporación era imposible. Escribimos Amicus Curie, nos centramos en la protección de la independencia de jueces ante la CorteIDH.

Los principios de independencia judicial son de aplicación general, los jueces deben ser independientes, no deben recibir influencia, deben ser imparciales, no deben llevar a cabo conducta impropias, la CorteIDH determinó que la conducta de los jueces no fue impropia.

Todas las instituciones tienen el deber de preservar la independencia judicial.

Un juez no puede ser trasladado, destituido de sus funciones, el Estado no puede violentar los derechos como libertad de expresión, libertad de asociación.

El juicio Velásquez Rodríguez Vs Honduras habla sobre la independencia judicial.

En Ucrania, la sentencia Vólkov vs Ucrania ordenó la reincoporación de un juez y el tribunal dijo que el tribunal no puede aceptar que el solicitante esté en un estado de incertidumbre en cuanto a la forma en que sus derechos deben ser restaurados.

En el caso Trujillo vs Venezuela el tribunal dice que los jueces cuentan con garantías que refuerzan su estabilidad en el cargo. La garantía de inamovilidad para permitir la reincorporación de quien fue arbitrariamente quitado.

Es un principio de derecho internacional que cualquiera que haya causado daño tiene la obligación de reparar.

El Amicus Curie que se introdujo indica que la Corte no debe aceptar argumentos que indican que es imposible  su reincorporación en los cargos que ocupaban antes. La reincorporación fue importante en el Caso López Lone porque jueces fueron cesados y la negativa del Estado de Honduras para la reincorporación podía socavar la confianza de jueces nacionales o internacionales y dejar a los jueces en riesgo de acciones arbitrarias.

En el caso Baka vs Hungría, el tribunal reiteró que el miedo a la sanción tiene efecto de enfriamiento, un ejemplo de libertad de expresión, y evita que los jueces hagan críticas por miedo a perder su trabajo. El efecto de enfriamiento fue mencionado en el caso Kudeshkrina vs Rusia.

Este es un caso valiente. Un mensaje muy importante para Honduras que debe respetar la independencia de jueces y juezas.

JoaquínMejía-Contribuciones a la independencia judicial

El contexto de Honduras es que existe toda la apariencia y las formalidades de la democracia con un régimen excluyente, en la práctica el régimen es autoritario, existe cinismo estructural, un discurso de respeto a los derechos humanos, pero hay prácticas contrarias, un creciente deterioro de la institucionalidad democrática y desconfianza ciudadana, hay un uso político de la violencia y criminalidad.

La CIDH considera que parte de la violencia generalizada que hay en el país proviene de la policía, el ejército, la Policía Militar; Amnistía Internacional considera que en Honduras no hay espacio para que la población pueda expresar su opinión; Global Witness informa que desde 2010 a la fecha, hay 20 defensoras asesinadas; Reporteros sin Fronteras dijo en 2017 que hay periodistas que tienen que huir del país.

Corte Suprema que destituyó a los jueces

Este fallo calificó que en Honduras hubo un hecho ilícito internacional. En un país decente, el Ministerio Público estaría investigando quienes lo cometieron.

Joaquín Mejía

Democracy Index considera a Honduras como un régimen híbrido que está a un escalón de ser un régimen autoritario. La CIDH ha dicho que el gobierno privilegia la represión frente al diálogo.

El OACNUDH advirtió que la situación de derechos humanos es grave y se empeorará si no hay reformas estructurales.

¿En qué contexto llega la sentencia?

El Poder Judicial es cómplice de impunidad estructural, se deja pasar el delito, se mantiene el poder sin contrapesos, se crea un bunker al que no entra ningún extraño, se limita a quien busque el consenso. La justicia es selectiva, hay impunidad, desconfianza, bifurcación de dos tipos de ciudadanía: los y las impunes y el resto,  las no y los no impunes.

Para esas dos ciudadanía hay dos sistemas de justicia, un sistema eficiente que criminaliza aestudiantes, indígenas, defensores, campesinado, hubo cargos criminales contra 114 personas en el contexto postelectoral; un sistema de justicia ineficiente con “guante blanco” para violaciones de derechos humanos y corruptos, apenas hay un policía en prisión por represión post electoral y dos policías militares sometidos aaudiencia.

En Honduras hay una acumulación de deuda histórica, 184 desaparecidos desde los ochenta, crímenes de lesa humanidad documentados por la Comisión de la Reconciliación y la Verdad, que era oficial, están impunes; violaciones a derechos humanos, documentadas por OACNUDH en 2017, siguen impunes.

En Honduras, con excepción de algunos jueces, nunca ha existido un Poder Judicial independiente, en el Poder Judicial han existido servicios judiciales.

La CIDH ha dicho que el día que el Poder Judicial ampare a todos como lo hizo con Romero Vasquez Velásquez (El general que comandó el Golpe de Estado de 2009) se alcanzará aver el fin de la impunidad en Honduras. (De 81 recursos presentados durante el Golpe de Estado, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema solo resolvió el de Vásquez Velásquez).

En el Caso López Loney otros, la CorteIDH sentenció que la autoridad a cargo de procesos disciplinarios debe conducirse de manera independiente e imparcial y permitir el ejercicio del derecho a la defensa.

Las resoluciones deben de separación deben tener motivaciones concretas, términos amplio como el “uso de la dignidad de la administración de justicia y el decoro del cargo”, no son suficientes.

¿Cuál es el mensaje que deja la sentencia?

El 28 de junio de 2009 hubo un Golpe de Estado en Honduras, el pleno de la Corte Suprema deJusticia cometió un hecho ilícito internacional.

Las víctimas: ejercieron su derecho a realizar acciones legítimas a favor del Estado de Derecho, cumplieron con su obligación de defender la democracia, tenían derecho a defender la democracia como ciudadanos, como jueces y juezas.

Es un éxito absoluto el reintegro de Guillermo y de Tirza.

Marcia Aguiluz-CEJIL

Es muy emotivo celebrar mi último día en CEJIL hablando de esta sentencia.

Esta la sentencia por la que más me invitan a hablar de la CorteIDH. La sentencia Lopez Lone es producto de muchas acciones y el cuarto acto son ellas y ellos (las víctimas), tiene un valor político y un valor jurídico importante, es el primer fallo  que dice que hubo un Golpe de Estado en Honduras y deben desde AJD presentar una denuncia penal, me parece que hay que hacerlo que presenten la denuncia.

Esta sentencia tiene tres grandes temas:

  1. Derechos políticos de jueces y juezas
  2. Inamovilidad
  3. Proceso disciplinario

Es la primer sentencia que habla de libertad de expresión y del derecho de asociación de jueces y juezas. Hay un debate de que eso puede limitar su independencia, pero la CorteIDH dice que no se puede adoptar de manera restrictiva y que no se puede sancionar a un juez que asiste a una manifestación que no ha estado prohibida; la inamovilidad no es un privilegio de jueces sino un derecho ciudadano; se refiere al debido proceso y a las características de los órganos disciplinariosque deben ser autónomos y no pueden tener dependencia jerárquica.

Lo más importante de la sentencia es el reintegro. Se pidió a la CorteIDH ordenar reformas normativas y la Corte no se pronunció porque acababan de reformar la Ley de laCarrera Judicial por la del Consejo de la Judicatura, pero luego se deroga y laCorteIDH perdió la oportunidad de pronunciarse para ordenarle al Estado reformas normativas.

Más en relación con lo que pasó detrás del proceso: está sentencia se construye destacando la valentía de quienes durante cinco años de desvelo, humillaciones siguieron. Cuando pasó el Golpe de Estado, AJD era de las aliadas más importantes de CEJIL; el 28 de junio a las 6:00 de la mañana tenía un mensaje que decía, están dando un Golpe de Estado, cuando Tirza presentó un amparo a favor de que volviera Zelaya Rosales y la manifestación en la que participó Guillermo López Lone, entonces cuando llega la Corte Suprema nueva, se tenía esperanza en el magistrado Jacobo  Cálix y otros y luego AJD llamaba a la Corte Suprema de Justicia que cumpliera con su labor y eso no llegó más bien se les destituyó. En el caso de Luis Chevez fue acusado por suspropios compañeros, lo detuvieron y salió gracias a un recurso de exhibición personal.

Se nos ocurrió hacer un evento de independencia judicial con la relatora de la ONU, al evento llegó el presidente del Poder Judicial, Jorge Rivera Aviles, y estábamos felices y un día a las 9:00 de la mañana llega el mensajito de Tirza, nos despidieron.  Yo estaba en mi cama. Como CEJIL no nos quedó duda que debíamos litigar hasta las últimas consecuencias. Se presentó la acción el 5 de julio de 2010 porque se cumplía aniversario de la muerte de un joven durante una manifestación y estaba tan concentrada en este tema que hasta bajé la guardia y recuerdo que en un semáforo me asaltaron.

La petición entró y ha sido litigada en tiempos perfectos, establecidos en los reglamentos de la CIDH y hubo sentencia el 5 de octubre de 2015 y esto es producto de que la CIDHentendía lo que significaba para Honduras, no solo para las víctimas sino paraoperadores de justicia, para ellos fue doloroso e indignante que el Estado llegara a decir que no había Golpe de Estado, les decían jueces zelayistas, quema llantas y les decían que habían violentado la independencia judicial, pero lo bueno es que cada vez que iban a las audiencias, tenían que hablar encondiciones de igualdad y debían escuchar la versión de las víctimas.

Por este caso hubo alianzas internacionales en España, Alemania, Inglaterra, pedimos Amicus Curie para que entendieran lo que significaba para el mundo.

Nos parece que las medidas de reparación no fueron suficientes, fue una sentencia muy reinvindicativa,un párrafo que nos llenaba el corazón cada vez que lo leíamos es:

Las cuatro presuntas víctimas, tres jueces y una magistrada de la República de Honduras, se manifestaron en contra del golpe de Estado y a favor del restablecimiento de la democracia y el Estado deDerecho, ya sea mediante su participación en una manifestación, por vía de la interposición de acciones judiciales o denuncias, a través de una opinión manifestada en el marco de una conferencia universitaria o en conversaciones con colegas. Además, dichas personas se expresaron a través de la AJD, de la cual todos eran miembros, en tanto esta organización emitió comunicados reclamandola necesidad de restitución del Estado de Derecho (supra párr. 69). Por tanto, conforme al Derecho Internacional y las propias determinaciones de los órganos de la OEA, competentes en esta materia, las actuaciones de las presuntas víctimas gozaban de legitimidad internacional, al contrario de las emprendidas por las autoridadesdel gobierno de facto. Por consiguiente, este Tribunal entiende que las actividades desarrolladas por las presuntas víctimas durante esta “ruptura inconstitucional” constituían no solo un derecho sino que son parte del deberde defender la democracia. (párr.. 153 Caso López Lone y otros vs Honduras)

Luego de la sentencia, el Estado no quería cumplir, quería pagar y estuvimos en varias discusiones con el Estado, la CorteIDH fue durísima con el Estado. La CorteIDH les dijo que era un acto contra todos los jueces. Hace un mes que se les notificó (a las víctimas) que se les reintegraba.

Aguiluz contó algunos episodios detrás del caso López Lone en un foro con palabras finales emotivas porque toda la travesía y sufrimiento para obtener justicia y luchar por un fallo que abre el camino para la independencia judicial,  está detrás, sin contarse. La exposición de Aguiluz generó lágrimas de emoción.

Tras escuchar a Marcia, Guillermo López Lone, Director de AJD y Juez de sentencia reintegrado ocho años después, dijo, “mi aporte es pequeño en función delsacrificio de estos compañeros, hubo noches de desvelo, preguntas, insistencia”.

Este caso fue posible porque AJD siempre estuvo con nosotros, gracias a CEJIL y a la solidaridad de múltilples organizaciones nacionales e internacionales. El magistrado Cálix y otros votaron en contra de la destitución, pero fue una decisión adoptada por la mayoría de la Corte Suprema de Justicia de Honduras.

Marcia nos ha tocado las fibras más íntimas, me ha hecho verme en esos ocho años, nos metimos, estábamos convencidos que debíamos defender los derechos y de un colectivo de jueces y juezas, hubo difíciles momentos, desgastantes, porque somos seres humanos, eran situaciones que nos tocaban, tenemos hijos, familias…esta sentencia cambió mi vida…

Orocú:

En Costa  Rica, esta sentencia es una fuente de consulta, la tenemos impresa y la estudiamos.

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