AJD presenta recurso de inconstitucionalidad contra el decreto que despoja de atribuciones administrativas a la presidencia de la Corte Suprema de Justicia en Honduras

La Asociación de Jueces por la Democracia, AJD, presenta ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), un recurso de inconstitucionalidad contra el Decreto 10-2026 del Congreso Nacional que quita a la presidenta de la Corte Suprema la facultad de seleccionar, nombrar, ascender, trasladar y permutar jueces, magistrados, defensores públicos, supervisores y personal administrativo del Poder Judicial y las traslada al pleno de los 15 magistrados/as.  

Esa facultad concentrada en la presidencia de la CSJ estaba fundamentada en el art. 3 transitorio del Decreto 282-2010. Según ese art. 3 transitorio, mientras se instala el Consejo de la Judicatura, se faculta al Presidente de la Corte Suprema para que conserve las referidas facultades sobre la carrera judicial, así como la de organizar y dirigir administrativamente el Poder Judicial.

Los principales argumentos  de la inconstitucionalidad esgrimida por la AJD son dos: el artículo 1 del Decreto10-2026 es inconstitucional por razón de forma porque, a través de él, el Congreso reformó por vía ordinaria el Decreto 282-2010 que tiene naturaleza constitucional, por lo que la modificación de dicho decreto equivale a una reforma constitucional que el Congreso puede realizarla pero mediante el procedimiento especial establecido en el art. 373 de la Constitución que exige el voto de 2/3 del total de diputados/as y ser ratificado por la siguiente legislatura por igual número de votos.  

El segundo argumento es una inconstitucionalidad por razón de contenido porque viola los principios de separación de poderes e independencia judicial establecidos en los artículos 4, 303, 313 y 317 de la Carta Magna. Asimismo, el Congreso invade las facultades del Poder Judicial al afirmar que los miembros del Consejo de la Judicatura serán elegidos por el Congreso Nacional, con lo cual omite que la Sala de lo Constitucional, en la sentencia de 2016 que declaró inconstitucional la Ley del Consejo de la Judicatura, resolvió que esa elección corresponde a la Corte Suprema de Justicia.  

La AJD reafirma que la defensa del orden constitucional no responde a intereses personales ni a coyunturas políticas, sino a la obligación ética y jurídica de proteger la institucionalidad democrática y garantizar que la justicia se administre sin presiones, interferencias, ni subordinaciones indebidas. Por ello, se hace un llamado a las autoridades competentes a que se respete la Constitución de la República, las decisiones firmes de la justicia constitucional y los principios de independencia judicial y separación de poderes que sostienen el sistema democrático.

Tegucigalpa, 19 de marzo de 2026

JUNTA DIRECTIVA NACIONAL

ASOCIACIÓN DE JUECES POR LA DEMOCRACIA

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