Una amplia delegación del Estado de Honduras fue sometida a evaluación por parte del grupo de expertos(as) que integran dicho comité, con la finalidad de medir el nivel de cumplimiento y garantía de los derechos contenidos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, firmado por Honduras el 19 de diciembre de 1966 y ratificado en fecha 25 de agosto de 1997. Es este instrumento a través del cual se creó el Comité de Derechos Humanos.
La gama de derechos contemplados en el Pacto es de gran amplitud, sin embargo, en relación a la independencia judicial el Comité en sus observaciones finales publicadas el 14 de julio de 2017, manifestó su preocupación por la falta de una protección efectiva para garantizar la independencia e imparcialidad del poder judicial, incluyendo: la ausencia de mecanismos efectivos de protección y seguridad para los miembros del Poder Judicial frente a amenazas y hostigamiento en el ejercicio de sus funciones; las insuficientes garantías judiciales y de debido proceso en los procesos disciplinarios seguidos contra jueces y magistrados; y la falta de una normativa que regule la carrera judicial y el Consejo de la Judicatura que asegure la independencia plena del Poder Judicial, luego de que esta fuera declarada inconstitucional y dejando en vigencia la antigua y cuestionada Ley de la Carrera Judicial.
Finalmente, y entre otras preocupaciones y recomendaciones, el Comité recomendó que el Estado parte debería tomar medidas inmediatas para proteger la plena autonomía, independencia, imparcialidad y seguridad de los jueces; garantizar que su actuación esté libre de todo tipo de presiones e injerencias; y que los procesos disciplinarios cuenten con la aplicación efectiva de todas las garantías judiciales; y recomienda la restitución a sus cargos de los jueces Adán Guillermo López Lone y Tirza del Carmen Flores.
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