12 condenas de la CorteIDH contra Honduras, la mayoría por desaparición forzada

Por Wendy Funes

Tegucigalpa, Honduras (AJD). La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) ha condenado al Estado de Honduras en 12 sentencias por violaciones a derechos humanos, que en su mayoría están relacionadas con desapariciones forzadas, resumió Alejandra Manavella del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL).

“La primera sentencia de la CorteIDH fue contra Honduras, por la desaparición forzada de Ángel Manfredo Velásquez Rodríguez”, dijo Manavella.

Velásquez Rodríguez era estudiante de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras fue detenido y desaparecido el 12 de septiembre de 1981, en un estacionamiento de vehículos en el centro de Tegucigalpa, secuestrado por varios hombres fuertemente armados, vestidos de civil que utilizaron un vehículo Ford, color blanco, sin placas, por parte de las fuerzas de seguridad del Estado.

Agregó que la mayoría de los casos en los que Honduras fue sentenciada tiene que ver con desapariciones, muertes violentas, ejecuciones extrajudiciales, torturas y otras violaciones a derechos humanos (dd. hh.) que se salen del parámetro con violaciones a la independencia judicial, pero la mayoría de los casos culminaron con muerte violenta.

La noticia trascendió en el Foro Debida Diligencia en las Investigaciones de Violaciones a Derechos Humanos Avances y Obstáculos, llevado a cabo por organizaciones nacionales e internacionales que integran la Mesa de Seguimiento de las Sentencias de la Corte IDH, Comité de Familiares de Detenidos Desparecidos de Honduras (Cofadeh), el Equipo de Reflexión, Investigación y Comunicación de la Compañía de Jesús (ERIC), Casa Alianza, Caritas de Honduras, Cejil, Centro de Prevención, Tratamiento y Rehabilitación de Victimas de la Tortura, Asociación de Jueces por la Democracia (AJD) y la Pastoral Penitenciaria.

Otro asunto en común es que en estos casos, las víctimas eran defensoras de dd. hh, de territorios, indígenas, población afrodescendiente, también el denominador común de estos casos es que el Estado cumple algunas medidas, pero la investigación de los hechos es la que los representantes reclaman incumplidas, planteó la expositora.

En las sentencias prevalece la falta de mecanismos de investigación adecuada, falta de deber de preservación de pruebas en escenas del crimen, irregularidades procesales en la recaudación de pruebas,  falta de investigaciòn del paradero de las vìctimas, falta de celeridad y negligencia para sancionar a los responsables y la CorteIDH ha señalado que se investigue a todas las personas.

Medidas ordenadas en la sentencias

Además, la Corte ha buscado dictar medidas más estructurales para prevenir que se sigan repitiendo estas violaciones y el Estado no ha logrado la implementación de estas medidas.

Para el caso, en la sentencia de Juan Humberto Sánchez se ordenó registro de detenidos y esta es una deuda del Estado.

Sánchez fue detenido en dos ocasiones por las Fuerzas Armadas de Honduras por su presunta vinculación con el Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional de El Salvador. Las detenciones ocurrieron en 1992, el 10 y 11 de julio. Su cadáver con marcas de tortura fue encontrado el 22 de julio del mismo año en un pozo de un río. Los recursos para investigar los hechos y sancionar a los responsables han resultado inefectivos, cita un boletín del foro.

En el caso Janette Kawas se declarò la responsabilidad directa del Estado, hubo indicios que se manipularon debido a las investigaciones, en esa sentencia se establecen principios mínimos para investigar muertes violentas y eso es una deuda.

Kawas fue una defensora ambientalista, asesinada en Tela el 6 de febrero de 1995, por hombres armados que irrumpieron en su habitación y le dispararon con armas de fuego, una escena muy parecida al ataque contra la ambientalista e indígena Berta Cáceres.

En el Caso Luna López, la CorteIDH no declaró por falta de debida diligencia, pero ordenó la creación de la primera política pública para la protección de defensores de dd. hh. y ambientalistas.

Carlos Luna López fue ambientalista, apoyaba las luchas por la tierra de grupos campesinos, fue asesinado en Catacamas, Olancho el 18 de mayo de 1998.

El hijo de Carlos Luna, Cesar Luna, dijo durante el foro, “encierro todo lo que aquí se ha mencionado, tengo 20 años de sufrir las violaciones del Estado de Honduras, en mi caso es difícil. Lo advertí el 7 de febrero de 2013 y advertí que no que quería ver más hijos de ambientalistas sufriendo lo que yo estaba sufriendo y ahora ahí están los hijos de Berta Cáceres, el Estado de Honduras nos ve como personas que nos queremos llenar de fondos o como personas que odiamos al estado. Estamos siendo revictimizados”.

Dijo que le toca vivir en carne propia la carencia del sistema de protección ordenado en la sentencia de su padre.

Denunció que se siente desprotegido por la impunidad de las personas que mataron a su padre. “Pese a las medidas de protección, corro riesgos de mi vida al seguirlo denunciando. Fuimos a, la CorteIDH y al Estado no le interesa, el sicario que mató a mi papá sigue libre y el Estado de Honduras no ha sido capaz de dar una respuesta después de todo lo que encierra la sentencia”.

El caso  Pacheco León ordenó la creación de un  protocolo de investigación diligente.

Pacheco León era un candidato a diputado del Partido Nacional en las elecciones generales de 2001, fue asesinado el 23 de noviembre de 2001 en Nacaome, Valle dos días antes de las elecciones.

De acuerdo con los estándares, las investigaciones en sí mismas deben ser realizadas con debida diligencia y encaminadas a encontrar la verdad de lo sucedió para garantizar el derecho a la verdad que tienen la víctimas porque la verdad es la que tiene un efecto repararador.

Cuando las sentencias no tienen un efecto reparador, “lo que indican las víctimas es que son procesos revictimizadores para ellas”, dijo Manavella. Hasta ahora no hay líneas de investigación correctas para que se les diga qué fue lo que pasó.

 

 

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